martes, 26 de junio de 2012

TRATA DE PERSONAS VS. DENIGRACION DE LOS DERECHOS HUMANOS. Por Dra. Maria Raquel Ferreyra Asis




Abstract:
La trata de blancas o, “trata de personas “como la denominare en la presente ponencia, es uno de los delitos mas aberrantes, tanto así que las naciones unidos manifestó a través de uno de sus instrumentos que es la tercera actividad mas lucrativa de los delitos infamantes contra la humanidad. Así mismo reflexionare sobre las connotaciones económicas y políticas del delito de trata de blancas, considerando sobre el protocolo de Palermo. La trata de blancas o de seres humanos resulta un flagelo de connotaciones internacionales, que ameritan serios compromisos de todos los estados.

Palabras claves: Trata de seres humanos, denigración de derechos humanos, perdida de la identidad como ser humano.


TRATA DE PERSONAS VS. DENIGRACION DE LOS DERECHOS HUMANOS.
Como introducción a la presente ponencia me pareció oportuno hacer referencia a una carta anónima sobre el relato de una mujer que vio diezmado sus derechos al ejercer la prostitucion sea a través de la fuerza, engaño o por cualquier otro motivo que la puso en esa situación de vulnerabilidad:
“La primera vez que fui a las calles estaba vestida pobremente por mis chulos, estaba medio desnuda. No soportaba, eche a correr y me escondí detrás de los cubos de basura, estaba tan avergonzada…….tan deprimida, tan triste, no había nada que pudiera hacer y tenia que volver ahí todos los días. Poco a poco fui perdiendo mi dignidad, como mujer, perdí mi orgullo, la mujer que había en mi se esfumo y me volví una salvaje”

TRATA DE SERES HUMANOS:
A raíz de las concepciones modernas de los derechos fundamentales a estas alturas es menester hablar de trata de seres humanos, y dejar de lado los ya conocidos como trata de blancas (mujeres blancas) o trata de personas, sino hablar ya de un concepto amplio y genérico a la sazón TRATA DE SERES HUMANOS.-
La “Trata de Personas” es el comercio de seres humanos los cuales son interceptados a través de violencia, engaño o abuso de un estado de desamparo condiciones de miseria, vulnerabilidad y/ o cualquier otro factor que la posicione en un estado de ser sujeto de tan aberrante delito. Dicho trafico puede tener como fines entre otros: 1) El de reducir a esas personas a la servidumbre o Esclavitud y obtener de ellos ganancias, ya sea explotándolos sexualmente o en formas diversas de trabajo esclavo o 2) para la extracción de órganos destinados a trasplantes clandestinos los cuales hace verdaderos sujetos pasivos a cualquier persona con la aptitud para ser un donante. Para los inescrupulosos que cometen estos infames delitos en contra de. (Hombres, mujeres, niños y niñas), por eso es así que mi ponencia hoy apunta a la trata de seres humanos.
De suyo es saber que este despreciable delito persigue un fin económico a través de cualquiera que sea los fines para los cuales la persona haya sido puesta en esa situación, el ejemplo paradigmático es la prostitucion.
A saber esta modalidad delictiva amerita un cierto grado de organización a razón del modus operandi que posee, en muchas legislaciones se lo llega denominar crimen organizado ya sea de carácter nacional o internacional, dependerá de la magnitud de personas intervinientes y de los recursos de los que dispongan para la comisión de los delitos.
La nota común de estos delitos, denigrantes y violatorios de los más esenciales derechos humanos, como de la dignidad en la mas básica de sus concepciones, tienen como principal fin el económico, siendo tan despreciable delito uno de los mas rentables según las ultimas investigaciones. Después del trafico de drogas, de armas y desgraciadamente se encuentra el trafico de seres humanos.

(1) Entre 1875 y mediados del siglo XX, la prostitución era considerada un “mal necesario” y la reglamentación estatal era la política dominante: se ejercía bajo el control de los municipios y de la policía. Podemos afirmar que se trataba de una suerte de “servicio público” si pretendemos justificar semejante aberración , dicha denigración como es la prostitucion era considerada como el vaciamiento de la virilidad masculina en un envase contenedor el cual era puesto sobre los hombros de la mujer( justificado a la sazón por cuestiones sanitarias por decirlo de alguna manera) A razón los argumentos y el momento histórico en el cual se justificaron tales atrocidades como estas ameritan un total repudio y desprecio por todos quienes defendemos los derechos humanos. En dicho momento estas practicas se encontraban Sometidas a reglas: “…delimitación de zonas prostibularias, registro compulsivo de prostitutas y fichas policiales, además de controles médicos obligatorios de las mujeres explotadas y denigradas a través de esta ocupación. El proxenetismo era, cuando no reconocido, tácitamente aceptado. Esta política oficial, que por entonces regía tanto en Francia como en Argentina, favorecía la trata de blancas…”

(2) El Protocolo de las Naciones Unidas para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños es el instrumento que contiene la definición de trata de personas la cual fue precedentemente citada , acordada internacionalmente. En Argentina, esta definición fue recogida por la ley 26.434, norma que también -como se dijo- introdujo nuevas figuras en el Código Penal.". "También hay acuerdo que la trata de personas es la tercera actividad lucrativa ilegal en el mundo, luego del tráfico de armas y de drogas. Y, en términos más acotados, que "Argentina es un país de destino y de tránsito hacia Europa, en particular con tránsito de muchas mujeres paraguayas"."
 
Reflexiones de Kate Millet:

(3)“Política sexual, obra escrita por Kate Millet en el 1969, responde a la necesidad de entender la distribución del orden social según una distribución del orden de los sexos que implicaría una política muy determinada, la patriarcal, que tras un ejercicio de violencia simbólica, amortiguada, insensible y por tanto invisible para las víctimas y sutil para la acción dominante, consigue aparecer en el orden de lo aparente, como lo natural, lo carente de construcción social, lo inamovible, lo atemporal y por tanto lo eterno. Ofreciendo la curiosa paradoja de que la biología reciba los atributos deseados para el fin de la caverna; es decir, tenemos la más clara de las cavernas, definida, a lo largo de toda la historia del pensamiento, con los atributos de lo que sólo correspondería al orden de las ideas. Todo un sofisma que pondría los pelos de punta a cualquier socrático. A Protágoras hubo que aclararle que el hombre no es la medida de todas las cosas, ¿por qué a las mujeres se les exige lo contrario? Según las ultimas concepciones aun en nuestros dias muchos sistemas responden a las concepciones patriarcales, receptando a la mujer no como ser humano , sino como un vaso contenedor de la masculinidad de los hombres que necesitan descargar sus mas íntimos deseos.( todo entendido en el marco del tema debatido aquí, LA TRATA DE SERES HUMANOS” A razón de ser y sin llegar a un extremo en una concepción feminista mal entendida , mal podría erradicarse tan aberrante delito como es la trata de blancas O seres humanos , mientras no se modifique el paradigma de visión de la mujer como sujeto pleno, completo, e igual que los hombres en cuanto a su respeto y dignidad.

Ahora bien a estas alturas ya nos podríamos comenzar a plantear los interrogantes. ¿Es viable la trata de seres humanos si no hay más clientes? ¿Sin clientes habrá prostitucion? ¿Como instrumentamos la erradicación de una de los mayores flagelos de nuestro siglo? Venimos luchando de manera incansable por el respeto de los derechos humanos, pero como luchamos contra este ultraje a la dignidad humana? estos interrogantes serian motivo de un estudio mucho mas profundo y extenso lo cual aquí no es la oportunidad por la extensión de mi trabajo y el poco margen de exposición. Además de remarcar que habría que hacer un estudio exhaustivo de este fenómeno.

Existen distintos sistemas a saber como alternativas de erradicación de la trata de seres humanos:

1) La prohibición: La ilegalización, que dispone cárcel para las mujeres que ejerzan la prostitución. Llevarse a las prostitutas a comisaría y mandar a sus casas a los hombres!? Sin duda responde a una extrema postura la cual seria de suyo intolerable al castigar al sujeto mas vulnerable en la relación ( la trabajadora sexual o prostituta) . La prohibición sería la postura conservadora que construye la estigmatización de la prostituta, siendo el sujeto débil por antonomasia, condenando a esta con la falsa moral que caracteriza tantas veces a las morales adscritas a ideologías politizadas por prescripciones religiosas y o de cualquier otro índole.

2) La reglamentación-legalización: Prevé que existan zonas en la urbe donde se asigne el espacio para el desarrollo de la actividad con todos los avatares que ello aparejaría teniendo presente que esto también implicaría la imposición de controles sanitarios a las prostitutas, para seguridad de los usuarios. Esta política fue aplicada, por ejemplo, por Napoleón Bonaparte, ese gran liberador y progresista. La reglamentación supone un orden de legitimidad, asegurando la calidad del servicio para los usuarios, y responde históricamente a los intereses de los varones que se entienden a sí mismos sujetos a unas «necesidades sexuales» cercanas al reino animal, Especial mención merece el caso planteado en el ultimo congreso de derecho y genero llevado a cabo en la Habana, Cuba al cual asistí como ponente , en el cual se planteo el caso mexicano en donde un grupo de trabajadoras sexuales como se auto-denominaron formaron una agrupación para defenderse de los CHULOS como ellas los llaman, a fin de poder trabajar libremente y de cuidarse mutuamente. Ciertamente aunque no comparto la legalidad de la prostitucion ni del ejercicio de la misma por considerarla denigrante para la mujer, es de notar que este grupo importante de mujeres solo buscaron un mecanismo de protegerse mutuamente evitando de alguna manera ser asesinadas por quienes las regenteaban o por los clientes. Mas aun uno de los planteos las trabajadoras sexuales era el poder percibir la remuneración por su trabajo evitando asimismo que el denominado CHULO o proxeneta en nuestro lenguaje , se quedara con la mayor parte de las ganancias del trabajo vejatoria que las mismas realizan con su cuerpo.-

3) La abolición: Como una tercera postura a la cual me adhiero plenamente, el cual es el sistema argentino. El análisis que propone consiste en visualizar las condiciones de posibilidad para que haya prostitución: la figura del prostituidor y la figura del proxeneta, y abolir ambas, eximiendo de responsabilidad penal y moral a la mujer. Afrontar estructuralmente las condiciones económicas que propicien esta situación, disponiendo recursos para las mujeres. El movimiento feminista ha sido el movimiento social que ha exigido estas medidas. En cierto modo incorporar medidas de abolición de la prostitucion implica de suyo la reubicación de esas mujeres que trabajaban ejerciendo la prostitucion y que ahora debemos ubicarlas en algún lugar, donde las mismas se sientan que han recuperado su dignidad y que pueden plenificarse como seres humanos.
La «relación» o «intercambio» que conforma la prostitución es posible en tanto que hay una demanda mayoritariamente masculina, e históricamente una oferta proporcionada por otra figura masculina que se encarga de la transacción económica (Proxeneta, regente, chulo etc.) . El intercambio de mujeres significa, por muchas interpretaciones que uno pueda aventurar, un orden de relaciones patriarcal. Así lo revela la teoría feminista desde los orígenes de su concepción.
Josephine Butler lidera, en Inglaterra, una campaña contra la ley de Enfermedades Infecto-Contagiosas de 1869. En 1875 funda en Liverpool la «Federación británica y continental a favor de la abolición de la reglamentación oficial de la prostitución», denunciando el proxenetismo y visualizando como responsables de la existencia de la prostitución a sus usuarios. Gracias a la militancia activa de Butler, en 1902 se celebra, en París, la 1ª Conferencia Internacional aprobando el Acuerdo Internacional Para la Represión de la Trata de Blancas que será firmado por trece países, entre ellos España. Desde entonces se suceden distintos tratados corroborando la abolición de las condiciones que posibilitan la prostitución; la impronta internacional se adquiere definitivamente el 2 de diciembre de 1949, cuando la Asamblea general de las Naciones Unidas firma el Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Personas y de la explotación de la prostitucion ajena declarando la prostitución como un atentado contra los derechos humanos.
A partir de los años ochenta distintos países europeos incumplen dicho Convenio para distinguir entre prostitución forzosa y no forzosa –regulan el proxenetismo cuando no se empleen medidas coercitivas, así el Estado Español consigue en 1995, reformando el código penal, abrir su mercado al comercio del sexo, colaborando en la extensión mercantilista y rentabilísima de esta industria. Puede decirse que España desde los años noventa es la gran especuladora de suelos y de cuerpos. Existen desde entonces gobiernos como el Holandés que al diferenciar prostitución forzosa de no forzosa, amplían tanto, tanto, el derecho al libre trabajo que acuñan conceptos jurídicos como «el derecho a la propia explotación».
La abolición es propuesta por las feministas ilustradas –Mary Wolstonecraft–, las activistas políticas –Josephine Butler, quien organizó el movimiento internacional contra la esclavitud sexual en el siglo XIX–, las feministas marxistas –como Alejandra Kollontay–, las anarquistas libertarias de principio de siglo –como Federica Montseny–, las feministas radicales norteamericanas –como Kathleen Barry–, feministas contemporáneas como Sheyla Jeffreys, feministas de la diferencia –como Luisa Muraro–, políticas feministas –como Marcela Lagarde– y los movimientos feministas de nuestro siglo que siguen luchando por la emancipación de la mujer, por la abolición de un estado patriarcal y, por tanto, por el fin de la esclavitud sexual.
La reglamentación es una postura política frente al fenómeno de la prostitución, que sí constituye a éste como asunto político, sus argumentos gozan de recursos que leemos en distintas publicaciones, escuchamos en los medios, y organizan sindicatos.
La situación actual de la industria del sexo plantea un serio problema para los derechos humanos. La realidad está configurada por cuatro millones de mujeres y niñas traficadas con fines de explotación sexual al año, a nivel mundial, según constatan las Naciones Unidas. Es uno de los negocios más rentables de nuestra sociedad globalizada, está por delante del tráfico de drogas, su mercancía supone menos riesgos de transporte y es mucho más rentable, puede ser revendida hasta treinta veces.
La abolición como sistema ajustado a los derechos fundamentales: Las tesis abolicionistas no fraccionan el fenómeno de la prostitución en categorías –voluntaria o forzosa. A la vez que no se cesa de exponer las consecuencias de la reglamentación para el conjunto de las mujeres. Suecia desde el año 1999 es un país abolicionista; a las prostitutas ha dejado de denominárselas trabajadoras del sexo y se las considera en una situación económica extrema y con derecho a la prestación de recursos por parte del Estado. En Suecia el índice de mujeres y menores traficadas ha disminuido un 80%. En los países reglamentaristas los índices de tráfico se han triplicado, l LA C.E.D.A.W. Considera en estado de alerta a estos países por fomentar una de las formas contemporáneas de esclavitud: la esclavitud sexual. Hay que remarcar que la argentina depósito el instrumento de ratificación del protocolo facultativo de la convención citada en el año 2007, lo cual nos pone frente a la obligación como estado parte de cumplir con todas las directrices de la misma.
La compleja realidad del fenómeno de la prostitución convierte este asunto político en un asunto teórico y práctico, tanto de decisión política como de instrumentación de políticas publicas destinadas a su erradicación y reubicación de quienes ejercer dicha actividad. No es ajeno a quienes nos sentamos en una mesa de debate que los esbozos teóricos deben plantearse mediante reales políticas de estado a fin de erradicar la trata de blancas( o de seres humanos) y dar por fin un estado de seguridad a quienes habitan en este mundo.

Real efectivizaron del protocolo de Palermo:
Artículo 6 Asistencia y protección a las víctimas de la trata de personas:
1). Cuando proceda y en la medida que lo permita su derecho interno, cada Estado Parte protegerá la privacidad y la identidad de las víctimas de la trata de personas, en particular, entre otras cosas, previendo la confidencialidad de las actuaciones Judiciales relativas a dicha trata.
2.) Cada Estado Parte velará por que su ordenamiento jurídico o administrativo interno prevea medidas con miras a proporcionar a las víctimas de la trata de personas, cuando proceda:
a) Información sobre procedimientos judiciales y administrativos pertinentes;
b) Asistencia encaminada a permitir que sus opiniones y preocupaciones se presenten y examinen en las etapas apropiadas de las actuaciones penales contra los delincuentes sin que ello menoscabe los derechos de la defensa;
3.) Cada Estado Parte considerará la posibilidad de aplicar medidas destinadas a prever la recuperación física, sicológica y social de las víctimas de la trata de personas, incluso, cuando proceda, en cooperación con organizaciones no gubernamentales, otras organizaciones pertinentes y demás sectores de la sociedad civil, y en particular mediante el suministro de:
a) Alojamiento adecuado; b) Asesoramiento e información, en particular con respecto a sus derechos jurídicos, en un idioma que las víctimas de la trata de personas puedan comprender; c) Asistencia médica, sicológica y material; y d) Oportunidades de empleo, educación y capacitación.4.) Cada Estado Parte tendrá en cuenta, al aplicar las disposiciones del presente Artículo, la edad, el sexo y las necesidades especiales de las víctimas de la trata de personas, en particular las necesidades especiales de los niños, incluidos el alojamiento, la educación y el cuidado adecuados.5.) Cada Estado Parte se esforzará por prever la seguridad física de las víctimas de la trata de personas mientras se encuentren en su territorio.
6.) Cada Estado Parte velará por que su ordenamiento jurídico interno prevea medidas que brinden a las víctimas de la trata de personas la posibilidad de obtener Indemnización por los daños sufridos.

Conclusiones:
A rigor de verdad que el tema abordado amerita un gran compromiso de todos y todas, ya que no es suficiente la creación de sistemas abolicionistas, los cuales de suyo ya existen, sino el compromiso de toda una sociedad en erradicar el flagelo que implican estos delitos. Mi consigna y la de muchos es¿ sin clientes seguirá existiendo la prostitucion? Y por ende el interés en el trafico o trata de blancas o seres humanos ?. A razón de verdad estimo que si se erradicaría la demanda de tales prestaciones o servicios por denominarlos de alguna manera por parte de la denominada clientela. Cerraríamos un espacio bastante cruel que aqueja a quienes por alguna cuestión de vulnerabilidad se ven afectadas por tan infamante ataque de sus derechos humanos.
Por otro lado si bien el protocolo de Palermo prevé sendas consideraciones a tener presente sobre los efectos colaterales que traerían aparejado el erradicar el comercio que se origina a través de la venta de sexo sea ya forzada, (trata de seres humanos) o consentidas con voluntades viciadas de suyo, sin no poseemos un mecanismo de reubicaciones de quienes sean o rescatadas o sacadas de la calle de estas practicas. Implicaría reconsiderar los mecanismos de educación, fomento y sobre todo de inclusión de quienes de suyo son seres humanos que se encuentran fuera del sistema estatal organizado, o dicho de manera distintas quienes se vieron privados de las igualdad de oportunidades en el acceso a la educación, a la familia y a todas los demás beneficios de los cuales hemos gozado todos y quienes nos encontramos debatiendo estos temas.
A razón de un verdadero compromiso en la erradicación de semejante flagelo, es esta una correcta oportunidad para aunar ideas y mecanismos de recuperación de quienes por cualquier situación se vieron en la necesidad de ejercer la prostitucion o en el el caso de haber sido llevadas a traves de la violencia, engaño, o cualquier otro ardid a esas instancias vejatorias. El incorporar politicas efectivas de control estatal a fin de erradicar, los prostíbulos, casa de tolerancia y/ o cualquier otra denominación que se le de a tales aberraciones implica no solo una decision estatal sino todo un efecto colateral de tales decisiones las cuales deben sewr pensadas y previstas a fin de contener a quienes sean rescatadas de ese sistema infamante.
Muchas niñas, niños (SERES HUMANOS) se han visto denigrados en sus derechos al haber sido captados por los inescrupulosos a través de algún mecanismo. Seres humanos que nunca mas aparecieron y otros que con un poco de suerte pudieron escapar o ser rescatados. Un importante eje de discusión a mi entender también debería ser el replanteo de todos como sociedad para no callar nunca mas cualquier acto de denigración contra otro ser humano. Y denunciar, colaborar y comprometerse en la erradicación total y definitiva de este flagelo.

_______________________________________________________________



Bibliografia:
(1)-Trabajo de Dr. Raúl A. Schnabel Dirección General de Registro de Personas Desaparecidas: Giberti, Eva, “Breve Historia de la Prostitución en Argentina”, Página 12, suplemento: HOMENAJE ,DEL PROGRAMA “LAS VÍCTIMAS CONTRA LAS VIOLENCIAS”, edición del 23 de septiembre del 2007. . Falcón, Alejandrina, Prólogo, en: Londres, Albert, “El Camino a Buenos Aires - La trata de blancas”, Libros del Zorzal, Buenos Aires, 2008, página BOURDIEU, P., La dominación masculina, Barcelona, Anagrama, 2000, pág. 17
(2) Causa “E. M., G.. E. M., N. E. y E. M., M.C. s/ Infrac. Ley 26.364". CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE LA PLATA, rta. 30 de octubre de 2008 (Extracto –El Dial-)E. M., G.. E. M., N. E. y E. M., M.C. s/ Infrac. Ley 26.364" - CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE LA PLATA - 30/10/2008
(3) Política sexual, obra escrita por Kate Millet en el 1969
>BOURDIEU, ob.cit., pág. 24. Si resumiésemos la claridad explicativa de Pierre Bourdieu en La dominación masculina, podríamos decir que reside en la distinción entre la posibilidad de un orden social sexuado que configure lo existente, y la realidad de un orden social sexuado que configure la realidad sexistamente. La distinción no es arbitraria pero sí lo es la configuración de un orden u otro. El patriarcado, esforzándose en nombrar la realidad, no se limita a nombrarla poniendo en juego unas coordenadas intelectuales que posibiliten su conocimiento. El patriarcado no nombra la realidad sino que la configura, la confecciona según unas medidas muy concretas que no representan posibles diferencias sino que producen desigualdades. Sería más o menos tolerable si el patriarcado admitiese su donación de sentido, su producción de sistemas perceptivos preñados de juicios de valores, si admitiese que no pone en juego un sistema de relaciones de sentido sino todo un sistema de relaciones de fuerza, esto sería más o menos tolerable puesto que sería fácil reconocer su orden de intereses. Lo peligroso del asunto es el encubrimiento de la estrategia teórica, la pretensión de que no se está configurando nada sino que simplemente se está nombrando lo existente, y además las apariencias nos prestan la fuerza de «lo evidente».

Informe sobre el Estado de la Población del Fondo de Población de Naciones Unidas.

«Pinno Arlacchi, Director ejecutivo de la Oficina de NNUU para el Control de las Drogas y la Prevención del Crimen manifestó, en la Conferencia Sobre el Crimen Organizado celebrada en diciembre de 2000, que el tráfico con fines de explotación sexual reporta 7 billones de dólares anuales» «La industria económica del sexo reportó en Tailandia en el año 1995, entre 18 y 21,6 millones de dólares USA, dicha cifra es superior al presupuesto total del país en ese año.» Rosario Carracedo. "Regular la prostitución es legitimar la Violencia contra las mujeres". En Actas. Seminario sobre la Prostitución. Córdoba, nov., 2003.

JEFFREYS, S., "Cultura de la Prostitución: Legalización de la Prostitución de Burdeles en Victoria, Australia". Charla dada en el Seminario sobre los Efectos de la Legalización de las actividades de la Prostitución –análisis crítico. Estocolmo, 6 de Noviembre 2002.

Informe del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW): España. El Comité examinó el quinto informe periódico de España (CEDAW/C/ESP/5) en sus sesiones 649ª y 650ª, celebradas el 7 de julio de 2004. Observaciones finales del Comité. Principales esferas de preocupación y recomendaciones.

Alicia Martínez es Licenciada en Ciencias Políticas y en Bellas Artes y Doctora en Filosofía por la UCM. Su último libro, próximo a aparecer, lleva por título Diario de una feminista radical que nunca se vendió al Capital.

No hay comentarios:

Publicar un comentario