martes, 7 de diciembre de 2010

ASEGURAR EL DERECHO A LA VERDAD

Es de esperar que el demorado camino a la justicia haya comenzado a transitarse en el caso Larrabure y otros semejantes

Las víctimas de los crímenes de lesa humanidad, al igual que sus familiares, tienen el llamado derecho a la verdad, que supone poder conocer lo sucedido en cada caso, incluyendo quiénes fueron los autores y responsables de las atrocidades y sus circunstancias particulares.

Ese derecho se cristalizó en los artículos 32 y 33 del Protocolo I de las Convenciones de Ginebra de 1949, aprobado por ley por nuestro país. Se trata de un derecho esencial, autónomo e instrumental, que incluye la posibilidad de accionar a través de una justicia imparcial e independiente.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha expresado que los Estados tienen la obligación y la responsabilidad consiguiente de remover todos los obstáculos que dificulten el esclarecimiento de esos crímenes. Hay en nuestro país un lamentable, aunque obvio, rincón de impunidad que debiera comenzar a cerrarse. Es el que tiene que ver con los crímenes que fueron cometidos por la subversión contra civiles inocentes o militares que estaban en situación asimilable a la de los civiles inocentes, como es el caso de los que fueran secuestrados durante el conflicto armado interno que afectó a nuestro país en la década del 70.
Un proceso en marcha, que tramita en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional de Rosario, relacionado con el secuestro y muerte del coronel Argentino del Valle Larrabure, parece estar avanzando en la dirección correcta, o sea la de extender a todos, sin impunidad para nadie, el derecho a la verdad. Por esto, la Fiscalía Federal N° 2 de Rosario, a cargo de la doctora Liliana Battiolo, acaba de citar a declarar como testigos a Antonio Cafiero y a Carlos Ruckauf, en lo que luce como una larga lista de personas que deberán comparecer en ese juicio, algunas de las cuales están aún beneficiadas por indultos o amnistías de dudosa validez para el derecho internacional.
En ese expediente acaba de presentarse asimismo un peritaje técnico que fuera producido por una junta médica que, por unanimidad, concluyó que la muerte del coronel Larrabure se produjo a causa de violencia, habiendo sido estrangulado cuando estaba en estado de indefensión, con una clara disminución de su capacidad de reacción. Murió, dice el informe, por la presión generada por un elemento fino (de unos 5 a 6 milímetros) que le produjera la muerte por asfixia.
El demorado y dificultado camino hacia la determinación de la verdad parece así haber comenzado a transitarse, al menos en el caso aludido.