martes, 24 de enero de 2012

LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA MUJER EN AFGANISTÁN. Por Marcela Anguiano

 

1. Introducción 
De acuerdo con su propia cultura, en Afganistán se practican determinadas costumbres que infringen un severo sufrimiento a las mujeres y niñas, al no respetarse la integridad del cuerpo femenino; su sexualidad, dignidad o identidad ni las libertades de movimiento, asociación y expresión. 

2. Matrimonios forzados y crímenes por honor 
Las mujeres y niñas afganas sufren un trato brutal de sus maridos a causa del llamado “deber de esposa”. Se trata de obligaciones que consisten en obedecer las exigencias del esposo, desde mantener relaciones sexuales (aun en contra de su voluntad. Este hecho, considerado una violación de las normas internacionales de derechos humanos, para algunos países musulmanes es uno más de los deberes que implica el matrimonio, razón por la cual las autoridades no intervienen con acciones legales contra este tipo de situaciones), hasta dejar el hogar o hacer algo sin el consentimiento del esposo. Si ella no cumple estas imposiciones, la cultura musulmana permite que el marido la golpee y reprima por su desobediencia. 
También se consideran violaciones de los derechos de la mujer, los matrimonios forzados, la selección de pareja y el control de la sexualidad femenina. 
Esos matrimonios se efectúan sin el consentimiento de ambos contrayentes y, en la mayoría de los casos, son arreglos establecidos por los padres desde el nacimiento de sus hijas y se celebran a una edad muy temprana, incluso antes de llegar a la pubertad. Actualmente, se calcula que en un porcentaje muy elevado –entre el 60 y el 80% de los matrimonios que se celebran en Afganistán– las mujeres no están de acuerdo con el enlace; sin embargo, no se les permite negarse. Los matrimonios arreglados involucran a niñas menores de quince años –un 57% de todos los matrimonios– e incluso, hay casos de niñas casadas con apenas seis años. Estos hechos infringen la propia Constitución afgana, que establece una edad mínima para casarse: dieciséis años, en el caso de las mujeres, y dieciocho para los varones. 
La actitud del pueblo afgano sobre esta cuestión de que las niñas se casen a una edad tan temprana, se debe a su convicción de que esto garantiza la virginidad de la esposa y un mayor periodo de fertilidad; es decir, la posibilidad de que las mujeres pueden tener más hijos o, mejor dicho, más varones, durante más tiempo. 
Las consecuencias de estos embarazos prematuros son devastadoras para las niñas, tanto física como emocionalmente. Las mujeres que dan a luz antes de los dieciocho años –hay casos registrados de madres con tan solo doce años– son tres veces más propensas a morir en el momento del parto; de ahí que este país posea la mayor tasa de mortalidad materna de toda Asia. En nuestras sociedades occidentales, esta clase de uniones son ilegales y los sujetos que estén involucrados en este tipo de arreglos matrimoniales son juzgados por las autoridades, llegando a considerarse en algunos casos como pedofilia. 
Sin embargo, en algunos países musulmanes, esto no es un asunto de vergüenza, ya que el Islam señala que Mahoma, a los cincuenta años, estuvo casado con una niña de nueve años. Y si esa fue la situación que vivió su profeta, ¿por qué iban a avergonzarse ellos de seguir sus pasos? 
Los embarazos en adolescentes son evidentes formas de violencia en contra de la mujer, de la misma forma que lo es, interferir en las decisiones sobre la reproducción, ya que a las mujeres se les prohíbe tener un control sobre ella o su sexualidad. 
Del mismo modo, el deterioro de la calidad en cuanto a los servicios de salud y los altos índices de mortalidad son un alto riesgo por el que deben pasar las mujeres en el momento del alumbramiento, contradiciendo lo establecido en la Convención de los Derechos Humanos. 
Los matrimonios forzados también han sido vinculados a las “muertes por honor”. Estos asesinatos suceden cuando una mujer rehúsa ser parte de un arreglo matrimonial, a divorciarse de un esposo abusivo o incluso haber sido víctima de una violación; lo que conlleva una deshonra familiar. 
Afganistán tiene muchos escenarios sobre muertes por honor que han quedado impunes como resultado de sus creencias, acerca de que la mujer merece ser castigada por sus inadecuados comportamientos y la vergüenza que esto conlleva. El Corán recalca que toda esposa tiene que ser obediente con su marido y no traer la vergüenza a su familia. En consecuencia, los crímenes perpetrados sobre mujeres se consideran como una forma de proteger su integridad, en lugar de ser vistos como un acto criminal. 
El ministro del interior afgano afirmó recientemente que su país está tratando de erradicar las muertes por honor, dándole un proceso jurídico; sin embargo, como este tipo de muerte se ha convertido en parte de la cultura de mucha gente, será difícil suprimirla de Afganistán. 
A causa de la actitud que adoptan algunos afganos, una niña de quince años vive aterrorizada por su vida, viviendo en secreto con sus amigos, por la necesidad de esconderse de su esposo, ya que ella escapó y ahora él quiere matarla por sus acciones. Su marido –un hombre mayor, con el que fue comprometida siendo un bebé de seis meses– la trataba como a un animal, golpeándola y torturándola diariamente. 
¿Cómo es posible que, en pleno siglo XXI, aún se den este tipo de brutalidades? 
¿Cómo pueden permitir ciertos gobiernos que un ser humano sufra sólo por el hecho de anteponer el honor de una persona antes que la vida de una esposa o hija? 
Las muertes por honor son el último paso de este brutal trato a las mujeres que son vistas como una propiedad, que puede ser forzada a una sumisión, en lugar de concebirla como una persona con derechos. 
Ambos supuestos –los matrimonios forzados y los crímenes por honor– se utilizan como una cruel forma de controlar la sexualidad femenina, su derecho a vivir y a ser tratadas con dignidad. Según el Fondo de las Naciones Unidas para el Desarrollo de las Mujeres (UNIFEM) “estas violaciones a los derechos humanos tienen que detenerse y la única forma es que los Estados comprendan que la cultura no es primero que las personas”. 

3. La vestimenta 
Otra cuestión importante que debemos tener en cuenta, en la violación de los derechos de la mujer, es la falta de expresión e identidad. Este derecho es inaccesible para las mujeres musulmanas, a consecuencia del estricto código de vestimenta. 
Antes de exponer la situación de las mujeres afganas es importante tener un contexto sobre este código que dictamina el Islam. 
El Corán1 establece que: “Las mujeres deberán bajar su mirada y proteger su moralidad; no deberá exponer su belleza o accesorios, a excepción de sus hombres legales” (padres, esposos y parientes). Además, los códigos de vestimenta difieren de la situación, si una mujer sale de su hogar debe usar el burka –que cubre todo el cuerpo y la cara, con un pequeño espacio enfrente de los ojos– o el chador, que cubre el cuerpo por completo y parte de la cabeza, sosteniéndose debajo de la barbilla y dejando expuesta la cara. La otra situación es cuando las mujeres se quedan en casa con sus parientes, en estas circunstancias se les permite usar el hijab, un pañuelo que sólo cubre el cabello. 
Estos vestidos islámicos –que se usan desde los seis años– tienen un estricto código de color. Su implantación viene respaldada por el Corán, que –como ha señalado Khurshed Alam Chowdhury– “percibe a la mujer como fuente del demonio y la tentación, por lo que deberán cubrir su belleza”. 
A las mujeres afganas sólo se les permite usar burka o chador –y no otras prendas islámicas, como el hijab o ropas que cubran completamente el cuerpo– y de color blanco o negro, los únicos tonos permitidos. Su uso lo imponen tanto las autoridades como sus propios familiares y quienes no siguen estos preceptos tendrán que sufrir hostigamientos y violencia (como ser golpeadas) e incluso acabar siendo procesadas. Como es obvio, las mujeres afganas no se sienten cómodas vistiendo esta clase de prendas y preferirían usar la ropa islámica pero tienen miedo a las consecuencias de no usar el burka o el chador. 
Como señala la organización Human Rights Watch, en junio de 2002, una niña de diez años fue apaleada delante de sus compañeros por no llevar un pañuelo que cubriera su cabello. 
El código de vestimenta es una eminente violación a los arts. 3, 17 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR), ratificado por Afganistán. Estos artículos tratan los derechos a la privacidad y la identidad individual. 

4. La libertad de movimiento y expresión 
En Afganistán, las mujeres sufren una severa restricción de su libertad de movimiento. Durante el día, las mujeres pueden salir sin la necesidad de ser escoltadas por un familiar masculino; sin embargo, no se les permite pasear o viajar solas en un automóvil o con algún hombre que no tenga relación de parentesco con ella. Para poder explicarlo de forma más comprensible, si se ve a una mujer hablando, caminando o en un coche con un hombre que no sea un pariente cercano, las autoridades pueden arrestarlos. 
Después, la mujer será llevada a un hospital donde se le obligará a realizar una prueba ginecológica llamada “examen de castidad” para demostrar que “no hizo nada malo”. Este examen es un tratamiento cruel y denigrante que viola la integridad del cuerpo femenino y que no afecta sólo a su integridad sino que va más allá, destruyendo toda clase de derechos de la mujer ya que, con estas acciones, sólo se trata de mantener a la mujer en el hogar, sin poder tener contacto con otros hombres por miedo a que puedan perder su virginidad. Cómo es posible que el “honor de una mujer” (su virginidad) sea mucho más importante que la satisfacción que ejerce la libertad, siendo arrebatado por los otros simplemente para preservar una parte que se cree que es lo que define a una mujer. 
Si realmente se desea conservar, es sólo decisión de cada mujer y no de la comunidad, rompiendo con ello toda forma de derecho relativo a su sexualidad. Además, a la mujer no se le permite conducir, aunque lo deseen. El transporte público es pésimo y no pueden utilizar taxis porque son conducidos por hombres. Adicionalmente, existen restricciones acerca de los horarios en los que pueden estar fuera de sus hogares ya que las mujeres no pueden ser vistas en la calle después de las cuatro o cinco de la tarde, por lo que estas restricciones interfieren con su posibilidad de acudir a la escuela, el trabajo u otras actividades. 
Las restricciones de movimiento son una transgresión del art. 12 del ICCPR donde se garantiza la libertad de movimiento y, al mismo tiempo, contradice su reciente Constitución de 2003, cuyo art. 39 establece que: “Cada afgano tiene el derecho de viajar o establecerse en alguna parte del país excepto en las regiones prohibidas por la ley”. 
Recordemos que el art. 22 de su Carta Magna señala que “los ciudadanos –hombres o mujeres– tienen igualdad de derechos y deberes ante la ley”. 

5. Participación en asociaciones 
A las mujeres sólo se les permite participar en una asociación llamada “Las Mujeres de la Shura” pero sus reuniones y discursos son controlados por el gobierno de Kabul, quienes deciden qué temas se pueden discutir y en qué forma pueden ser expuestos, evitando cuestiones relacionadas con los derechos de la mujer aun con el disgusto de muchas participantes. Un ejemplo de esta situación fue expuesta cuando en la asociación se quiso discutir el tema de la mujer en los matrimonios forzados, así como los abusos que reciben las mujeres por parte de sus esposos y los suicidios a los que se les aboca como consecuencia de los dos problemas expuestos. 
El único tema que se les permitió discutir fue el del suicidio, pero con la condición de que las mujeres que participasen apareciesen como personas con poca capacidad para confrontar problemas familiares. 
¿Problemas familiares? Estos no sólo son problemas cotidianos con los que lidiar sino abusivos tratos por parte de los maridos hacia sus mujeres. Unas mujeres que tienen el derecho de saber qué está ocurriendo en su país y en otros, pues no son las únicas que sufren malos tratos; existen personas y organizaciones que pueden ayudarlas con sus problemas y mostrarles que no están solas. Claramente, estas acciones van en contra de la libertad de expresión, tratando de controlar todos los posibles problemas que puedan surgir si alguna mujer trata de cambiar la situación de sus compatriotas. 
Con independencia de esto, existen mujeres en esta asociación que ponen en riesgo su libertad –e incluso su vida– para poder tratar e informar a los demás de la violación de los derechos de la mujer. 
Las acciones del gobierno afgano contradicen lo establecido en su propia Constitución; se oponen a lo indicado en el art. 19 del ICCPR –que incluye la libertad de obtener, buscar y comunicar todo tipo de información e ideas– y violan la libertad de asociación establecida en el art. 22. 

6. Conclusión 
Las personas creen que es más importante proteger la integridad de la familia y la sociedad antes que proteger a un ser humano. 
Estas actitudes son la clave para hacer que las mujeres dependan de un hombre, tratando de demostrar la superioridad masculina ante ellas. Incluso, en muchos países, las injusticias hacia las mujeres se justifican encubriéndose como parte de su cultura o religión, considerando a las mujeres como objetos y no como a personas; por esa razón la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) trata de llevar a cabo acciones en estos casos, contra el trato denigrantes que reciben las mujeres y niñas pero, a pesar de su esfuerzo, es fundamental la participación de los gobiernos, una autoridad a la que estas instituciones no pueden obviar. 
Aun existe mucho por hacer pero con la ayuda de instituciones como la ONU, la CEDAW y muchas otras que ayudan a las víctimas, tratando de que cambie su situación, este trabajo sólo es el principio de un gran reto que toda la humanidad aún tiene que cumplir. 



Bibliografía
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1 Azora (capítulo) XXIV, aleya (versículo) 31.

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